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REPORTE DE LECTURA DEL ESTUDIO DEL CONTROL DE CONVENCIONALIDAD EN LAS LEYES MEXICANAS
Typology: Study notes
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JOSUE RODRIGO GUZMAN AYALA REPORTE DE LECTURA
La reforma constitucional en materia de derechos humanos de 2011 tiene como uno de sus ejes vertebradores la apertura del sistema jurídico mexicano al ordenamiento internacional, con todo lo que ello supone: recepción de los tratados e incorporación de los mismos al derecho interno con rango constitucional, pero también reconocimiento del derecho derivado de los propios tratados y de la jurisprudencia de las jurisdicciones internacionales que han sido reconocidas por el Estado mexicano, entre otras muchas cuestiones. De hecho, el control de convencionalidad es uno de los puntos culminantes del conjunto de cambios que trajo consigo la reforma de 2011. Se trata, a reserva de precisarlo con detalle más adelante, de una manifestación que anuncia un profundo cambio de época para los juristas mexicanos. Las reglas del juego cambiaron los estándares de nuestros razonamientos serán distintos en el futuro, los actores responsables de garantizar los derechos humanos se ampliaron de forma importante, las técnicas de interpretación de los derechos variaron, etcétera. Empecemos por una obviedad: los tratados se firman para ser cumplidos. Esta afirmación puede parecer muy obvia, pero no es seguro que sus consecuencias lo sean tanto, a la luz de la experiencia mexicana cuando menos. Lo que se acostumbra a hacer en México demuestra que el compromiso de las autoridades respecto al cumplimiento de los tratados es bastante limitado. El Estado mexicano es entusiasta al momento de firmar tratados internacionales (los ha firmado por docenas, si bien es cierto que en algunos casos ha introducido ciertas reservas o cláusulas interpretativas), pero no demuestra la misma energía al momento de darle seguimiento a esa firma, implementando las medidas necesarias para aplicar a nivel interno los compromisos internacionales. La recepción del control de convencionalidad en el sistema jurídico mexicano ha sido objeto de múltiples resoluciones judiciales. La Suprema Corte se pronunció por primera vez sobre el tema en el año 2011. A partir de entonces, la Corte ha resuelto varios casos en los que ha fijado las pautas para que los órganos judiciales cumplan con esta obligación internacional. De acuerdo con estos precedentes, en México todas las autoridades judiciales están obligadas a realizar control de convencionalidad. Por esa razón, esta publicación reviste importancia, ya que presenta de manera sistematizada todos los criterios que ha emitido la Suprema Corte sobre este tema. La difusión de estos criterios es indispensable para que los jueces estén en posibilidades de utilizar esta herramienta para la protección de los derechos humanos de todas las personas. El control permite entonces la aplicación en el derecho interno de los países que suscribieron el Pacto de San José, del derecho internacional de los derechos humanos, en particular de la Convención y sus fuentes siendo una de las más importantes la propia jurisprudencia de la Corte. 1 https://bibliotecadigital.scjn.gob.mx/colecciones-libros/estudios-constitucionales/